miércoles, 7 de abril de 2021

    

                                             La Ley electoral del  1907

      La ley electoral de 1907 fue una ley electoral española aprobada por las Cortes en agosto de 1907, durante el largo gobierno de D. Antonio Maura. Reformó la ley de 1890 y estuvo vigente durante el resto del periodo constitucional del reinado de Alfonso XIII.

     La nueva ley formaba parte del plan de reforma del régimen político de la restauración puesta en marcha por el conservador D. Antonio Maura que se denominó “Revolución desde arriba”.

     Con la nueva ley electoral, para presentarse a formar parte de la lista de candidatos para concejal era necesario lo siguiente: solicitarlo como mínimo el domingo anterior al señalado para las elecciones; haber sido elegido por el mismo término municipal; debe ser propuesto por dos concejales o exconcejales del mismo término municipal y no tener antecedentes penales. 

     Como pueden apreciar el sistema había cambiado con la Ley anterior del 1890, donde solo se podían presentar cuarentas señores con las aportaciones fiscales más alta, es decir,  los más pudientes.

 

           Señores concejales en ejercicios en el Ayuntamiento de S. de Yeguas:

 

      Alcalde: D. Cristóbal Mora Muñoz.

Concejales en activo: D. Francisco Muñoz Sánchez, D. Francisco Martin Torres, D. Manuel Álvarez Méndez, D. José González Torres, D. Francisco Arias Vallejo, D. José Arias Vallejo, D. José Solís Jiménez, D. Antonio Torres D. Francisco Bonilla Domínguez.

      Total: Un alcalde y nueves  concejales.

 

                 Elecciones municipales en Sierra de Yeguas el 1 de Enero de 1916 

     Acta de proclamación de alcalde y concejales del Ayuntamiento de Sierra de Yeguas, y que yo transcribo:

     En Sierra de Yeguas a primero de Enero del mil novecientos dieciséis, reunidos en sus Casas Consistoriales a la hora de las doces y bajo la presidencia del señor alcalde D. Cristóbal Mora Muñoz, los señores concejales expresados al margen para celebrar sesión inaugural del presente bienio, y abierta por el infrascrito secretario, de orden del mismo presidente, con presencia del secretario, de orden del mismo, dio lectura a los artículos 52 y 53 de la vigente ley municipal de 2 de octubre de 1877 y a la lista de los señores concejales en ejercicio desde el primero de enero del mil novecientos catorce, así como los proclamados en la última renovación ordinaria con arreglo al precepto del artículo 29 de la ley electoral de 8 de agosto de 1907, y contra cuya capacidad no se interpuso reclamación alguna en el término legal, apareciendo demostrada aquella en el expediente tramitado para los artículos 3º y 4º del Real Decreto de 24 de marzo de 1891 en cuyo documento obran las credenciales, de los electos, presentada en el plazo que señala el artículo 13 del referido Real Decreto.

     La nueva ley electoral, al parecer, dice que la elección es por un bienio, es decir por dos años, y renovando la mitad de los conejales en números de cinco cada año para que así siempre hubieran concejales con experiencia.

      Este era el proceso de unas elecciones en estos tiempos.

 

                                Concejales que quedan de la corporación Vigente:

      D. Francisco Muñoz Sánchez, D. Francisco Martín Torres, D. José Solís Jiménez, D. Francisco Bonilla Domínguez.

 

                                                   Concejales Electos:

      D. Antonio Torres Castro, D. Manuel García Rodríguez, D. Antonio Aria Vallejo, D. Pedro Reina Escobar, D. Francisco Fernández Ruz.     

      Inmediatamente el señor alcalde invitó a los nombrados a que tomaran asiento en los escaños del consistorio, después de lo cual daba posesión al nuevo Ayuntamiento. A continuación se retiraron los concejales salientes.

     Acto seguido, el mismo alcalde depositó sobre la mesa las insignias de los cargos a los señores concejales. Cinco minutos de descanso para que los concejales deliberen entre ellos y ponerse de acuerdo en la designación de candidatos a alcalde.

      Anunciada en alta voz por la presidencia que se iba a proceder a la elección de alcalde se dio principio a ella, llamándose sucesivamente a todos los concejales presente por orden de mayor edad en la forma que dispone la real orden de 16 de Junio de 1909, y acercándose a la mesa depositaron en la urna dispuesta a efecto sus papeletas, después de lo cual y una vez emitido los votos, por el presidente se  procedió este a verificar el escrutinio que ofreció el resultado que se consigna:

 

      Don Cristóbal Mora Muñoz, nueve votos…………………. 9

     Don Francisco Muñoz Sánchez,  un votos…………………..1


  Votación, para primer teniente de alcalde: 

    Don Francisco Muñoz Sánchez, nueve votos………………. 9

 

Proclamado alcalde: Don Cristóbal Mora Muñoz que es reelegido, y teniente de alcalde Don Francisco Muñoz Sánchez. 

Concejales:

 D. Francisco Muñoz Sánchez, D. Francisco Martín Torres, D. José Solís Jiménez.

 D. Francisco Bonilla Domínguez,  D. Antonio Torres Castro. D. Manuel García Rodríguez, D. Antonio Arias Vallejo. D. Pedro Reina Escobar, D. Francisco Fernández Ruz.

      Una vez celebrada las elecciones municipales, estos señores anteriormente citados han sido elegidos como alcaldes y concejales del Ayuntamiento de Sierra de Yeguas.

      Con fecha de 6 enero de 1916.

 

                                   Otros nombramientos:

       Se nombraba: juez de Paz del Juzgado de Sierra de Yeguas, a D. Pedro Solís Gozálvez,  y

 aguacil del Ayuntamiento a D. Francisco Torres Reina.

 

1 comentario:

Rafael Correro dijo...

Enhorabuena antonio por la entrada. De los concejales me surge una duda con D. Antonio Torres Castro. La abuela paterna de mi bisabuelo Juan Ramón Gallardo Castro se llamaba Leonor de Torres Castro.Por su parte, el abuelo materno se llamaba Juan Arcadio Castro Torres. Ambos eran primos hermanos y debieron nacer en torno a 1830. No se si D. Antonio podría ser hermano de Leonor (si es así, debía ser muy mayor en 1916), pero en cualquier caso lo que sí parece es que estos Castros tuvieran un mismo origen ligado a un tronco Torres común. Saludos, Rafa Correro.