Hace cien años...
Este escrito que presento hoy es de una corporación del Ayuntamiento de Sierra de Yeguas que ha cumplido ya 100 años, y es por lo que me resulta curioso publicarlo, pues también están los nombres del alcaldes y concejales de aquella época, que siempre es bonito recordar, e incluso puede que algunos recordéis a algún antepasado de ellos. También menciono a los mozos de la quinta de soldados de ese año; entre ellos, mi suegro Ceferino Ruz González.
Sesión del día 6 de marzo de 1924
Mozos de soldados de la Quinta de 1924. El Sr. alcalde D. Antonio Benítez Bueno, autorizaba al Sr. Secretario a dar cuenta por íntegra lectura efectuada el domingo dos del actual, conforme con lo determinado en los artículos 98 y 116 de la vigente ley de reclutamiento los actos de clasificación de los mozos alistados para el remplazo del presente año 1924, afectados al reclutamiento del reemplazo de 1924.
Soldados: Diego Domínguez Torres, Ceferino Ruz González, Francisco Arias Mancha, José A. Ruiz Pereira, José Torres Puerta, Francisco Notario Rengel, Tomás García Sánchez, Juan Pozo González, Antonio Farelo Martínez, Manuel Díaz Torres, Miguel Rengel Reina, Manuel Solís Fernández, José R. Mármol Torres, Manuel Torres Cano, Antonio García Ruz, José Torrejón Marín, Bartolomé Rodríguez Pozo, Juan Reina Ruz, José Aguilar Lavado, Antonio Jiménez Vela, Pedro Martínez Carbonero, Antonio Escalera Álvarez, Juan Ruz Torres, Francisco González Gallardo, Juan Torres Jiménez, Francisco Luna Prados, José Casa Vega, Ramón Román Sánchez,
Sesión
del día 30 de abril de 1924
Constitución
de nuevo Ayuntamiento con sujeción a las normas del Estatuto municipal.
En
la villa de Sierra de yeguas, a las ocho y media de la tarde del día 30 de abril de 1924, reunidos en la sala capitular de
la casa consistorial los señores anotados al final, designados por el señor
delegado gobernativo, justamente con D. Antonio Prados Sánchez, para formar
parte del ayuntamiento de esta corporación.
Por Real decreto de marzo último, pasó a
ocupar la presidencia el sr. D. José Mª Aguilar Gálvez, que resultó ser el de
mayor edad de los concejales, y con la venia, el presente secretario leyó los
artículos 84 y 85 del estatuto, que trata de las condiciones exigibles para el
ejercicio del cargo de concejal, siendo
apreciada por unanimidad la capacidad legal de todos los presentes.
En su consecuencia y ordenado por el Sr. presidente se iba a proceder a la elección del alcalde en votación secreta.Votación que ofreció el siguiente resultado:
D.
José Mª Aguilar Gálvez, ocho votos ------ 8
D.
José Alcalde Diosdado, un voto
-----------1
Así, la nueva junta de gobierno quedó de la siguiente manera:
Alcalde:
D. José Mª
Aguilar Gálvez.
Concejales: D. José Sánchez Diosdado; D. Francisco Torres Frías; D. Juan Carvajal Rengel; D. Antonio Sánchez Torres; D. José Mancheño Carbonero; D. Antonio Prados Sánchez; D. Antonio Arias Vallejo y D. José González Martín.
Presupuesto del ayuntamiento para
el año 1925: En
consecuencia, quedaron fijados los ingresos y gastos que acuerda el presupuesto
fijado en cincuenta y ocho mil doscientas cincuenta pesetas, y los gastos con
las modificaciones correspondiente en la forma siguiente.
Capitulo
1º... Gasto del ayuntamiento -----------------------------------12.825´50 -
Pesetas
“ “ 2º… Policía de seguridad urbana
----------------------------- 4.471.25 - “ “
“ “
3º… Policía de seguridad rural ---------------------------------- 5.103´75 - “ “
“ “
4º… Instrucción pública
----------------------------------------- 3.635´75 - “ “
“ “
5º… Beneficencia
------------------------------------------------ 4.151´23 -
“ “
“ “
6º… Obras Pública
----------------------------------------------- 5.000´00 -
“ “
“ “
7º… Corrección Pública
-----------------------------------------
700´00 - “ “
“ “
8º… Cargas
-------------------------------------------------------- 21.063´00 - “ “
“ “
9º… Imprevistos
-------------------------------------------------- 1.000´00 -
“ “
-------------
Total ------ 58.250.00 - “ “
El ayuntamiento decidía que anotada consecuentemente todas las notaciones, se mande copia del presupuesto a la delegación de Hacienda de la propiedad a los efectos prevenidos en el estatuto municipal.
A los jóvenes que lleguen a leer estas líneas de hoy, fijaos en las cantidades, en relación a las cantidades que hoy en día, cien años más tarde, se mueven en los consistorios. Para los que no conocieron la peseta, más o menos unos 350 euros de ahora.
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